Calendario y Bases
De conformidad a lo establecido en los Estatutos de MUSICARTES así como los normas legales y reglamentarias, a nuestros asociados se les comunica la información relativa a las Elecciones Generales para los puestos de Junta Directiva y Comité de Vigilancia, para el período 2022 – 2026 a celebrarse en el próximo mes de marzo del año 2022.
Cualquier duda favor comunicarse a nuestros medios de comunicación oficiales socios@musicartes.org o comitedevigilancia@musicartes.org.
CALENDARIO DE ELECCIONES GENERALES MUSICARTES
Marzo 2022
1. INICIO DE RECEPCIÓN DE SOLICITUDES PARA POSTULACIONES A LOS CARGOS DE ELECCION (10 de enero de 2022)
-
- De lunes a viernes en horario de 9:00 a 4:00 pm.
- ¿Quiénes pueden participar? (ver listado de socios activos)
- ¿Quiénes no pueden participar? (Prohibiciones de ley y estatutos)
- Requisitos para presentación de expedientes que contengan solicitudes para participar en los cargos a elección. (Ver requisitos
2. FINALIZACIÓN DE RECEPECIÓN DE SOLICITUDES PARA POSTULACIONES (último día 24 de enero de 2021-IMPRORROGABLE)
3. VALIDACIÓN DE SOLICITUDES POR PARTE DEL COMITÉ DE VIGILANCIA (último día 3 de febrero 2022)
4. PUBLICACIÓN DE LISTAS DE PARTICIPANTES A CADA CARGO (Febrero 2022)
5. RECEPCIÓN DE TACHAS O RECLAMOS (9 al 23 de Febrero -IMPRORROGABLE- Ver procedimiento)
6. CELEBRACIÓN DE ELECCIONES GENERAL MUSICARTES (Asamblea General)- 29 marzo de 2022
7. JURAMENTACIÓN Y TOMA DE POSESIÓN NUEVAS AUTORIDADES
NOTA: En caso de empate se realizará segunda vuelta en nueva fecha que se convocará. La JD continuará en sus funciones.
PREGUNTAS Y RESPUESTAS IMPORTANTES PARA LAS ELECCIONES GENERALES DE MUSICARTES 2022
1. ¿CUÁL ES EL DESARROLLO TRÁMITE DE ELECCIONES DE JUNTA DIRECTIVA Y COMITÉ DE VIGILANCIA DE MUSICARTES?
- Los candidatos a cargos electivos de la asociación se organizarán para participar de manera individual en cada una de las listas abiertas a participar (ver cargos abiertos a elección). Las solicitudes a para a los cargos en cada una de las listas respectiva, deberán presentarse con 45 días hábiles de anticipación a la fecha de la asamblea general. (Ver requisitos de solicitudes)
- Una vez recibida la solicitud de participación a alguno de los cargos de elección, el Comité de Vigilancia verificará el cumplimiento de cada uno de los requisitos que debe cumplir la solicitud, e informará que la lista está válida y devolverá una de las copias con el número asignado por orden cronológico de presentación, para que sepa cual es el número de casilla que ocupará en la boleta para el puesto. La solicitud que no cumpla con los requisitos no será dada por válida por el Comité de Vigilancia.
- Una vez vencido el plazo para recepción de planillas, el comité de vigilancia expondrá las listas en la sede social, en la página web y enviará un correo a los asociados con derecho a voto informando de la publicación de las mismas.
- Una vez publicadas las listas que contendrán los aspirantes a cada cargo, se aperturará por quince días corridos el período en el cual todo socio habilitado podrá presentar tachas y reclamos contra alguna o algunas de las personas que están participando a los puestos de elección. Las resoluciones de esto, se limitarán a aceptar o rechazar la impugnación, en cuya virtud quedarán confirmadas o inhabilitadas las candidaturas (Ver procedimiento de tachas y reclamos).
- Se realizará la convocatoria del día y hora de la Asamblea General ordinaria en la cual se llevará a cabo las elecciones (con al menos 15 días de anticipación de la misma).
- El día de la asamblea, se cumplirán con los requisitos formales iniciales de la asamblea y se aperturarán las urnas por el plazo que elija la asamblea a propuesta del Comité de Vigilancia.
- Se realizará la votación por medio de voto secreto durante el plazo estipulado, y se procederá a realizar el conteo de votos por parte del Comité de Vigilancia.
- En el mismo acto electoral se darán a conocer los resultados y se proclamará al ganador para cada puesto de lección, y como quedará conformada la Junta Directiva y el Comité de Vigilancia. Se ganará la planilla que tenga la mayoría simple de votos.
- Se procederá a la aceptación del cargo en el mismo lugar si los socios electos están presentes y si no lo están tendrán 10 días para presentar por escrito en la sede de la asociación la aceptación del cargo.
- Se coordinará el día y hora para la ceremonia de juramentación de los cargos. La Junta Directiva y el Comité de Vigilancia permanecerán en sus funciones hasta este momento. Inmediatamente al acto de juramentación de cargos, las nuevas autoridades tomarán efectiva dirección de la entidad.
Nota: El procedimiento de elecciones es de conformidad a los estatutos de la asociación, así como resoluciones de Asamblea General y Junta Directiva.
2. ¿QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR EN LAS ELECCIONES GENERALES DE MUSICARTES 2022?
Pueden participar postulándose a cargos los socios activos que cumplan con los requisitos. (Ver listado de socios activos)
3. ¿QUIÉNES PUEDEN VOTAR EN LAS ELECCIONES GENERALES DE MUSICARTES 2022?
Pueden votar en las elecciones lo que tengan calidad de socios y socios activos (los socios representados no). (ver padrón electoral de asociados que pueden votar)
4. ¿QUIÉN ES UN SOCIO ACTIVO?
Son socios activos, aquellos que siendo socios, tuvieron un pase automático por cumplir con los dos requisitos solicitados por estatutos, que son a) Ser asociados por al menos dos años; y b) Haber percibido derechos económicos de parte de la asociación en el último trienio; c) No haber sido sancionado disciplinariamente en el trienio anterior. (ver listado de socios activos)
¿QUIÉN ES UN SOCIO REPRESENTADO?
Los socios representados no pueden votar en asambleas ni postularse a cargos por elección.
Los socios representados son titulares de derechos que mantienen con la entidad una vinculación de carácter no asociativo sino meramente económico con el objeto de hacer efectivo sus derechos, no ostentando derechos políticos de la entidad. Son socios representados:
- Los titulares originarios de los derechos intelectuales, objeto de su gestión por la entidad los que así lo solicitaron
- Los titulares derivativos, de titulares de derechos que fallecieron.
- Los socios con quienes no se haya podido tener comunicación por más de dos años (todos los asociados que no estén actualizados, según disposición de asamblea general).
¿QUIÉN ES UN SOCIO?
Los socios pueden votar en asambleas pero no postularse a cargos de elección. Son titulares originarios de derechos. Tienen vinculación de carácter asociativo, por lo que tienen derechos políticos y económicos. Son socios, quienes lo solicitaron así al momento de su solicitud de inscripción. Residencia en Guatemala.
7. ¿CÓMO ESTARÁN ORGANIZADAS LAS LISTAS DE PARTICIPACIÓN PARA LAS ELECCIONES GENERALES DE MUSICARTES 2022?
De conformidad a los estatutos, se realizarán de manera que puedan ser electos a los cargos de manera secreta y democrática.
Deberá haber obligatoriamente una lista para cada puesto sujeto a elección. (Ver puestos sujetos a elección)
De esta forma deberá haber, cinco listas para los puestos de Junta Directiva, es decir una por cada puesto sujeto a elección. (Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Vocal), y dos listas para puestos del Comité de Vigilancia (Presidente y Secretario).
Los asociados activos que deseen participar deberán presentar su solicitud cumpliendo los requisitos respectivos, indicando claramente al puesto al que se desean postular en la forma y tiempo establecido según el trámite de elecciones.
Las solicitudes deberán presentarse con toda la información y documentación pertinente en tres ejemplares, las cuales serán entregadas al Comité de Vigilancia de la asociación con cuarenta y cinco días hábiles de anticipación a la fecha de asamblea general (último día de recepción 24 de enero de 2022). Ver calendario de las elecciones generales de Musicartes 2022.
8. PROHIBICIONES PARA PARTICIPAR:
De conformidad con los estatutos:
- Es prohibida la participación de un mismo candidato en más de una lista o su transferencia de una a otra distinta, después de entregada o presentada la misma ante el Comité de Vigilancia.
- No pueden participar quienes no sean socios activos.
INCOMPATIBILIDADES.
- Según artículo 121 de Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, no pueden ser parte de la Junta Directiva o Comité de Vigilancia de una sociedad de gestión colectiva:
- Las personas que formen parte de los órganos de gobierno de otra sociedad de gestión colectiva.
- Los parientes entre sí, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad;
- Los cónyuges o quienes estuvieren unidos de hecho;
- Los directores artísticos, empresarios, propietarios, socios, representantes o abogados al servicio de entidades deudoras de la sociedad de gestión colectiva o que tengan litigio pendiente con ella; y
- Los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, o segundo de afinidad, los cónyuges o quienes estuvieren unidos de hecho con los funcionarios o personal del Registro de la Propiedad Intelectual que se establezcan en el reglamento de esta ley.
9. ¿CÚALES SON LOS REQUISITOS PARA PRESENTAR SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN A PUESTOS DE ELECCIÓN?
(Recepción de papelería del 10 de enero de 2022 al 24 de enero de 2022, en días hábiles en horario de 9:00am a 4:00pm)- Plazo improrrogable.
A. Se debe presentar en la sede de la entidad una solicitud escrita (original y dos copias) dirigida al Comité de Vigilancia, en la cual manifieste:
- Nombres y apellidos completos, edad, estado civil, calidad de asociado (intérprete o ejecutante).
- Indicar claramente el cargo para el que se está postulando (ver puestos sujetos a elección)
- Indicar que es socio activo sin ningún impedimento para postularse al cargo.
- Señalar un correo electrónico por medio del cual se solicita que se le notifique cualquier información referente a la candidatura presentada y en general cualquier trámite derivado de la elección (las notificaciones realizadas por ésta vía se tendrán como bien hechas)
- Manifestar que tiene residencia actual en el país e indicar dirección completa.
- Para el puesto de presidente de Junta Directiva: Indicar que no se tiene omisos en SAT- (Al ser representante legal debe inscribirse su nombramiento en SAT).
B. Presentar Junto a la Solicitud:
- Fotocopia de su Documento Personal de Identificación.
- Declaración jurada ante notario donde el participante al puesto a elección manifieste bajo juramento que:
- Cumple con todos los requisitos que la ley y los estatutos establecen para participar;
- No tiene ninguna de las incompatibilidades o prohibiciones para ejercer el cargo, en dado caso resulte electo (según el art. 121 de la ley de derechos de autor) Ver incompatibilidades y prohibiciones.
- Toda la información indicada en su solicitud es verdadera y caso contrario la solicitud no será válida.
- Fotografía reciente (para poner en la boleta de elecciones).
- Hoja de vida de la trayectoria artística y demás datos que considere relevantes para el puesto al que se está postulando– (Se pondrá de conocimiento al público).
- Antecedentes Penales y Policiacos recientes.
10. ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO DE TACHAS Y RECLAMOS? (Cap. VII. De las elecciones. Artículo 30, literal e. y artículo 31)
- El día siguiente después de publicadas las listas con los candidatos a cada uno de los puestos sujetos a elección, él comité de vigilancia aperturará automáticamente el período tachas y reclamos, durante 15 días corridos. (Del 9 al 23 de febrero de 2022)–
- Se pueden presentar en horario hábil en las oficinas de Musicartes o bien al correo electrónico del comité de vigilancia comitedevigilancia@musicartes.org. El impugnante deberá indicar en su escrito el correo electrónico que fija para que se le realicen las notificaciones para efecto del trámite.
- Cualquier socio habilitado podrá presentar su reclamo por escrito dirigido al Comité de Vigilancia en contra en contra de un participante en particular (toda vez que la elección se realizará por cargos) Si un mismo asociado quisiera presentar tachas o reclamos contra varios postulantes, deberá presentar un escrito por cada uno. En este escrito debe fundamentar la causa de su impugnación.
- En congruencia con el derecho de defensa, el Comité de Vigilancia, notificará al correo electrónico designado por el candidato, de la tacha o reclamo presentado, adjuntando los documentos presentados y dará 24 horas para que se pronuncien, presentando los alegatos y/o pruebas de descargo y defensa que consideren pertinentes.
- El Comité de Vigilancia resolverá el reclamo o tacha presentado 48 horas después de recibido el escrito. La resolución del Comité de Vigilancia se limitará a aceptar o rechazar la solicitud. Si fueran aceptadas quedarán inhabilitadas las candidaturas y si fueran rechazadas quedará confirmada la candidatura.
- El comité de Vigilancia notificará al asociado que ha recibido la tacha o el reclamo así como al interponente de la misma, la resolución declarando con lugar o sin lugar el reclamo presentado.
- El socio afectado con la resolución del Comité de Vigilancia podrá impugnarla por medio de apelación, la cual deberá presentar por escrito 48 horas después de su notificación. La apelación no requerirá fundamento y solo versará sobre la presentación de la apelación.
- El día de la Asamblea General, en el punto de agenda destinado para el efecto, el socio que ha presentado la apelación deberá realizar la fundamentación de la razón por la cual se ha interpuesto la apelación, en forma verbal ante la asamblea.
- La asamblea, previo debate, decidirá si declara con lugar o sin lugar la apelación, por votación de simple mayoría. Esta resolución de la Asamblea será inapelable.
11. ¿CUÁLES SON LOS CARGOS ABIERTOS A ELECCIÓN?
- Presidente de Junta Directiva
- Vicepresidente de Junta Directiva
- Secretario de Junta Directiva
- Tesorero de Junta Directiva
- 1 Vocal de Junta Directiva
- Presidente del Comité de Vigilancia
- Secretario del Comité de Vigilancia
12. ¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA Y COMITÉ DE VIGILANCIA?
Nota Importante: Los puestos a elección de Junta Directiva y Comité de Vigilancia son puestos Ad Honorem. Se realiza una reunión de Junta Directiva una vez al mes, por lo que es obligatorio estar presente presencialmente. Esta reunión genera una dieta por el monto aprobado por asamblea general. (Actualmente Q800.00)
JUNTA DIRECTIVA
PRESIDENTE
- Convocar a reuniones de Asamblea General
- Presidir las reuniones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, orientar los trabajos, acompañar el conteo de votos y proclamar los resultados.
- Rubricar los libros de Actas de Asamblea General y de la Junta Directiva y demás libros de la asociación, asi como suscribir las actas de Asamblea General y de la Junta Directiva.
- Representar a la Asociación en juicio y fuera de él y delegar esta representación en apoderados por tiempo limitado.
- Firmar conjuntamente con el tesorero y el director general, cheques, órdenes de pago, contratos, poderes y en general todos los documentos que importen responsabilidad para la Entidad.
- Controlar el funcionamiento del Fondo Cultural y Asistencial. Facultad que podrá ser delegada.
- Dar asistencia permanente en los servicios de la asociación y asistir puntualmente a las reuniones, velar por el cumplimiento del presente Estatuto y en general, cautelar la buena marcha de la Entidad
VICEPRESIDENTE
Ejercerá las funciones del Presidente en caso de ausencia o de enfermedad, con excepción de las atribuciones contempladas en los incisos d) y e) del artículo anterior, precisando para éstas el mandato conferido por la Asamblea General, por vacancia del cargo de Presidente por muerte, renuncia, remoción o expulsión.
SECRETARIO
- Asistir a las reuniones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, auxiliando al Presidente.
- Despachar los Registros y Publicaciones, cursar las convocatorias y mantener al día los libros y registros de la entidad.
- Suscribir las actas de Asamblea General y de la Junta Directiva.
- Dar asistencia permanente en los servicios de la asociación y asistir puntualmente a las reuniones, velar por el cumplimiento del presente Estatuto y en general, cautelar la buena marcha de la Entidad
TESORERO
- Llevar el movimiento de las cuentas bancarias, firmando conjuntamente con el Presidente y el Director General los cheques y demás documentos de pago.
- Controlar la caja, cuidando celosamente el dinero de la Entidad.
- Cuidar del fiel cumplimiento del presupuesto aprobado y autorizar los gastos considerados en el mismo. Firmar, conjuntamente con el Presidente y el Director General, los Contratos y acuerdos con terceros, así como en los demás documentos que importen obligación a la Entidad.
- Vigilar la efectividad de los servicios de cobranza a los usuarios y el correcto ingreso de derechos económicos a las áreas de la entidad.
- Dar asistencia permanente en los servicios de la asociación y asistir puntualmente a las reuniones, velar por el cumplimiento del presente Estatuto y en general, cautelar la buena marcha de la Entidad
VOCAL
- Emitir su parecer y voto en todos los asuntos presentados a la Junta Directiva.
- Velar por el cumplimiento de todo lo dispuesto en estos Estatutos, en el Reglamento de Distribución y en los demás reglamentos y resoluciones que se dicten.
COMITÉ DE VIGILANCIA
ATRIBUCIONES GENERALES COMITÉ DE VIGILANCIA
- Fiscalizar la recta administración de la Entidad, así como fiscalizar las cuentas de la entidad, examinando la documentación que acredite ingresos y egresos.
- Aprobar la propuesta de presupuesto de ingresos y egresos. Este acuerdo requerirá la unanimidad de los miembros del Comité de Vigilancia.
- Examinar los libros, archivos y demás documentos de la entidad.
- Cotejar los gastos efectivos con el presupuesto Anual.
- Informar y emitir parecer por escrito a la Asamblea General sobre el Balance Anual y sobre la situación administrativa de la Entidad.
- Pronunciarse cuando la entidad adquiera a título gratuito u oneroso o disponga de bienes inmuebles.
- Verificar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, resoluciones y del presente Estatuto, en todo cuanto se refiera al cumplimiento de los fines de la Entidad.
- Asistir a las sesiones de la Junta Directiva, cuando ésta lo requiera o cuando el propio Comité de Vigilancia lo haya solicitado. En las reuniones de la Junta Directiva los miembros del Comité de Vigilancia tendrán derecho a voz pero no a voto.
- Entregar un informe detallado de su gestión.
- Todos sus miembros deberán firmar las actas y resoluciones del Comité.
- Todas las demás funciones que la Ley, el presente Estatuto y la Asamblea General le confiere.
PRESIDENTE DEL COMITÉ DE VIGILANCIA
Convocar a las reuniones del Comité y presidirlas; y, cumplir y hacer cumplir todo lo dispuesto en estos Estatutos.
SECRETARIO DEL COMITÉ DE VIGILANCIA
Elaborar las actas y resoluciones del Comité; y, cumplir y hacer cumplir todo lo dispuesto en estos Estatutos.
PARA TODOS LOS PUESTOS: Todas las demás obligaciones que establezcan otras leyes así cómo las que se desprenden por el solo hecho de ostentar cargo, en defensa de la gestión colectiva en representación de los artistas en Guatemala.
Sociedad de Artistas de la Música y Obras Audiovisuales, Guatemala.
MUSICARTES / Miembros de FILAIE / Miembros de SCAPR
Todos los derechos reservados, 2026


