Preguntas Frecuentes
¿Qué es MUSICARTES?
La Sociedad de Artistas de la música y obras audiovisuales es la sociedad de gestión colectiva de derechos conexos destinada primordialmente a la administración de los derechos de los intérpretes y ejecutantes musicales guatemaltecos.
¿Qué es el DERECHO CONEXO?
También llamados derechos afines, son todos aquellos relacionados a los artistas sin ser necesariamente autores. Musicartes vela por los derechos conexos de los intérpretes y ejecutantes de la música. La Constitución de Guatemala a través de la ley de derecho de autor y derecho conexo. Esta ley defiende a los intereses de los creadores ya sean autores, compositores, productores, intérpretes o ejecutantes de la música por igual.
¿Qué diferencia hay entre Derecho Conexo y Derecho de Autor?
El derecho de autor defiende al creador intelectual de la obra musical. Este comprende la idea armónica, melódica y lírica. No importando haya sido grabada o si existen únicamente en partitura. En cambio, el derecho conexo vela por la interpretación o ejecución musical fijada en un fonograma. Los artistas que realizan estas interpretaciones merecen el reconocimiento de su huella artística, única e irrepetible. Las composiciones musicales son disfrutadas gracias a esa interpretación y ejecución.
¿Qué diferencia hay entre Intérprete musical y Ejecutante musical?
Usualmente se les conoce a los intérpretes como aquellos músicos que figuran con ponderancia y protagonismo en los fonogramas. Generalmente son los mismos miembros de una banda, o los que tienen un rol de invitado especial o los que aparecen y figuran en las artes finales del fonograma o videos musicales. En cambio, los ejecutantes son aquellos músicos que han participado en los fonogramas en calidad de músicos profesionales de estudio, invitados o que pueden ser parte del conjunto y que no necesariamente lideran la agrupación o proyecto musical.
Qué pasaría si un músico invitado fue pagado al momento de grabar, ¿tiene aún derecho de recibir regalías?
Sí. La mayoría de veces reciben un pago por hacer estas interpretaciones musicales en el estudio de grabación, pero dicho pago no implica la renuncia a su derecho moral y su derecho patrimonial de interpretación. MUSICARTES les sugiere a todos los productores, ejecutantes e intérpretes lleven un control de todas las obras y de los músicos que trabajan en cada una de las grabaciones. Todos los músicos tienen el derecho también de renunciar a sus derechos a cambio de un pago, como el caso del «WORK FOR HIRE» u obras a destajo encargadas. En este caso debe estar EXPRESAMENTE indicado en un contrato.